Para vender un piso entre particulares en España necesitas, como mínimo: nota simple del Registro de la Propiedad, certificado de eficiencia energética (obligatorio para publicar el anuncio), último recibo del IBI, certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de propietarios, y la cédula de habitabilidad en las comunidades donde es exigible.
La lista mínima antes de publicar el anuncio
Antes de anunciar tu vivienda necesitas tener listo, o al menos en trámite: la nota simple del Registro de la Propiedad, el certificado de eficiencia energética, el último recibo del IBI, un certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de propietarios, y la cédula de habitabilidad si tu comunidad autónoma la exige. El certificado energético es el único de estos documentos que la ley obliga a tener antes de publicar el anuncio, no solo antes de firmar: sin él, el anuncio no debería salir a portales.
Documentos que necesitarás más adelante, no para publicar
El contrato de arras, la escritura de compraventa y el justificante del pago del IBI del año en curso se gestionan cuando ya tienes comprador, no antes de publicar. No hace falta reunirlos desde el primer día, pero conviene saber que existen para no encontrarte con sorpresas cuando llegue el momento de la notaría.
Por qué el certificado energético no es opcional
El RD 235/2013 obliga a incluir la calificación energética en cualquier anuncio de venta o alquiler de vivienda, sea publicado por una agencia o por un particular. En Casavista bloqueamos la generación de la versión final publicable de un anuncio hasta que el certificado está presente, precisamente para que este requisito no se quede en tierra de nadie.
Preguntas frecuentes
¿Dónde consigo la nota simple?
En la sede electrónica del Registro de la Propiedad o de forma presencial en el registro correspondiente a tu vivienda. Tiene un coste reducido y conviene pedirla actualizada, no una copia antigua.
¿El certificado energético lo puedo hacer yo mismo?
No, tiene que emitirlo un técnico certificador habilitado (arquitecto, ingeniero o técnico competente). Es obligatorio por el RD 235/2013 tenerlo antes de publicar el anuncio, no solo antes de la firma.
¿Qué es la cédula de habitabilidad y siempre hace falta?
Es un documento que acredita que la vivienda cumple condiciones mínimas de habitabilidad. Es obligatoria en algunas comunidades autónomas (por ejemplo Cataluña o Baleares) y no en todas, así que conviene comprobarlo con tu ayuntamiento o colegio de arquitectos antes de asumir que no la necesitas.
¿Necesito el certificado de la comunidad de propietarios?
Sí, el administrador debe emitir un certificado de que no hay deudas pendientes con la comunidad. Sin él, el notario puede retrasar o bloquear la firma.
Fuentes
- RD 235/2013 (certificación de la eficiencia energética de los edificios)